CCIAP, CJP y USMA presentan Primer Informe del Observatorio del Sistema Judicial

La Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá (CCIAP), la Comisión de Justicia y Paz (CJP) y la Universidad Santa María La Antigua (USMA), recibieron el Primer Informe del Observatorio del Sistema Judicial (OSJ) de la República de Panamá.

Se trata del primer documento que emite el OSJ luego de su conformación el pasado 25 de octubre mediante convenio firmado por Inocencio Galindo De Obarrio, presidente de la CCIAP; Cardenal José Luis Lacunza Maestrojuan, presidente de la CJP, y Juan Planells Fernández, rector magnífico de la USMA, para contribuir a elevar la calidad del debate socio-jurídico, y fortalecer la administración de Justicia y el Estado de Derecho en Panamá.

Correspondió al Comité de Expertos del OSJ entregar el Informe número 01-2017, relativo al “Examen y análisis del Auto Vario No. 242 de 25 de octubre de 2017 por el cual la jueza Lania Batista, del Juzgado Duodécimo de Circuito Penal del Primer Circuito Judicial de Panamá, niega la solicitud de extensión del término para presentar vista fiscal”.

El Observatorio analizó la actuación de la Jueza Encargada Lania Batista con relación a la solicitud de la Fiscal Anticorrupción Zuleyka Moore de concesión de prórroga de dos meses para presentar la vista fiscal fijada por el juez Oscar Carrasquilla, tiempo que correría a partir de la fecha en que se diera la detención preventiva de cualquier persona; y de igual modo, analizó la solicitud de la Fiscalía y pronunciamiento del Juzgado Duodécimo por el cual se concedió la acumulación de expedientes de 2017.

El OSJ considera que el Auto Vario No.242 de 2017 de la Juzgadora Lania Batista resulta erróneo en su conclusión y aplicación de la norma puesto que tratándose de una investigación declarada como de tramitación compleja, debió tomar en cuenta la naturaleza del proceso y hacerlo a través del procedimiento establecido en la Ley 121 del 31 de diciembre de 2013.

También insta el Observatorio al Ministerio Público a “hacer uso de sus facultades legales de forma prudente y razonable en lo que respecta a la aplicación de medidas cautelares, tomando en consideración las disposiciones legales existentes como el artículo 221 y siguientes del Código Procesal Penal, y en miras a mantener la integridad de la investigación sin arriesgar el desarrollo de la misma, sobre todo con detenciones preventivas innecesarias”.

El análisis en referencia, al  considerar que el término de dos meses establecido por el Juzgado Duodécimo a través del Auto No.134 del 2017 carece de fundamento jurídico al supeditar la conclusión de una investigación declarada como compleja en el momento en que haya un detenido preventiva o provisionalmente, “de igual forma resultó un desatino por parte de la fiscal, que si aún no estaba preparada para rendir su vista fiscal sobre las causas que investigaba, procediera a privar de libertad a cualquiera de los investigados”, particularmente si es ajeno a lo previsto en las causales para la detención preventiva.

El Observatorio reitera que el Ministerio Público cuenta bajo su dirección con organismos de investigación como la Unidad de Análisis Financiero y la División de Delitos contra la Administración Pública de la Dirección de Investigación Judicial, para la investigación de los delitos y la determinación de los autores y partícipes, cuyo apoyo no ha sido requerido por  Ministerio, contándose con las “herramientas para identificar, investigar y verificar actividades sospechosas, e incluso capacidad para utilizar sus enlaces gubernamentales con instituciones homólogas de otros países”.

Finalmente, el Observatorio subraya “la oportunidad de oro” que tiene el país para redirigir el rumbo de la justicia con la designación de nuevos magistrados en la máxima corporación del ramo. En ese sentido, dice, “recomendamos al Presidente de la República que designe a personas con una recta y prístina noción del Derecho, sus fundamentos, sus propósitos y su capacidad para buscar, hallar y dar a conocer la verdad de los hechos y, sobre todo, personas con amplia solvencia moral e independencia de cualquier órgano del Estado. La Nación y nuestros descendientes sabrán reconocerlo”.

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